La administración no puede oponerse a compartir datos
May 10, 2010 / maestro / #abredatos, #RISP, 37/2007, opendata
Las recientes legislaciones como son la ley
37/2007 de
16 de noviembre de 2007 y el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009 que la desarrolla parcialmente, fomentan la reutilización de la información del sector público.
Complementariamente y con un enfoque más técnico los Esquemas Nacionales tanto de Interoperabilidad recogido en el Real Decreto 4/2010, y de Seguridad recogido en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero establecen un marco para su puesta en marcha.
Y tanto marco pero pero la pintura todavía no dibuja un panorama favorable para la utilización efectiva pues se topan con una asentada ‘tradición‘ de obstaculizar al ciudadano (al menos en una utilización mínimamente profesional) el acceso a la información.
No es una exageración si vemos cláusulas legales de sitios tan útiles como la
DGT, o simplemente vemos el marco jurídico de utilización de datos del
catastro del ministerio de economía y hacienda, por poner solo unos ejemplos y al que agradezco a su servicio de atención la rapidez en la respuesta (incluida al final de este post) a mi consulta pero que no es precisamente satisfactoria.
Y es que los esfuerzos de liberación de datos públicos, y el valor económico que pueden proporcionar a la sociedad pueden verse lastrados por la falta de mecanismos ágiles de licitación y utilización de la información.
En un mundo digital tener con esquemas de firma electrónica, con
17 Millones de DNI electrónicos en poder de los ciudadanos, y cerca de un 60% de ciudadanos así mismo conectados a la red decirle a una empresa o a un ciudadano que tiene que rellenar un papel y esperar una respuesta escrita se me antoja de otro siglo o al menos de otra década.
Ejemplos como el contrato para descarga de documentos de red.es nos muestran que es posible la certeza jurídica con la agilidad digital.
Si a esto sumásemos unas fuentes de datos públicos, con acceso a los
datos en crudo (y no sólo tablas de html paginadas),
enlaces estables a los mismos (además de los formularios que requieren interacción manual), y en
formatos abiertos (para que las sucesivas de versiones de las herramientas no nos dejen sin datos) entonces estaremos más cerca de obtener los augurados beneficios que promete el
informe MEPSIR y que si bien corresponden a estimaciones del 2006 para España se cifraban superiores a los 2.000 millones de euros (tomando España como el 8% de la UE).
De: SIN_RESPUESTA@catastro.meh.es
Para:ALBERTOABELLA@LIBROBLANCO.COM
Asunto: Respuesta a la consulta Num: 56874
Fecha: Fri, 23 Apr 2010 15:15:08 +0200
————————————–MENSAJE ORIGINAL————————————–
REUTILIZACIÓN COMERCIAL DE LOS CONTENIDOS DE LA WEB@libroblanco.com>
PODRÍAN INDICARME EL ENLACE O DONDE ENCONTRAR LAS CONDICIONES LEGALES PARA LA REUTILIZACIÓN DE LA INFORAMCIÓN DE ESTA WEB (INCLUIDO UN POSIBLE USO COMERCIAL) HTTP://WWW.CATASTRO.MEH.ES EN CONCRETO ME INTERESAN LAS CONSULTAS DE ESTADÍSTICAS SOBRE BIENES DE NATURALEZA URBANA
MUCHAS GRACIAS
——————————— RESPUESTA A LA CONSULTA ———————————-
Estimado Alberto.
No existe enlace ni condiciones para la reutilización comercial de los datos de la Web de Catastro porque no está permitido.
Atentamente, Linea Directa del Catastro. 902373635.
No responda a este correo. Para cualquier duda utilice el enlace ‘Contactar’ de la página web de la Dirección General del Catastro (www.catastro.meh.es)
Interesante y claro post que hasta yo he entendido 🙂
es que hay gente que se dedica a complicar las cosas simples con ‘oscuros’ intereses :-DD