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Ley de transparencia: Una ley del papel de calco (I)

July 30, 2011 / maestro / #opendata #RISP, acceso informacion, ley, transparencia

Acabo de leer el borrador de Ley de transparencia y acceso a la información pública que ha remitido el gobierno (un gobierno que por cierto no podrá aprobar por que se han convocado elecciones). Y que parece que ha sacado de un cajón de los documentos que se debieron dejar Adolfo Suarez o Calvo Sotelo olvidados tras su paso por La Moncloa de cuando se utilizaba el papel de calco para obtener copias.
¿Publicar en internet?. No hace falta.
Por ejemplo. ¿Establece la ley la obligación de publicación digital de la información?
No, incluye como vías de publicación.Articulo 4. punto 2
a) Oficinas de atención presencial
b) Puntos de acceso electrónico
c) Servicios de atención telefónica
d) Correo postal o electrónico
Pero lo más preocupante es que en el anterior punto del artículo se introduce
de modo que resulte garantizado el acceso a todos los ciudadanos, con independencia de su lugar de residencia, su formación, sus recursos, sus circunstancias personales o su condición o situación social
¿Hay alguna forma que cumpla mejor lo anterior que publicarlo en la web?. Si la hay inclúyamosla, y si no la ley debe establecer que sea OBLIGATORIO, sí con plazos de adaptación, pero obligatorio y así se garantizará con seguridad la forma más barata, más independiente de lugar de residencia, circunstancias o de situación social.
P.e. La información que se proporcione al ciudadano será publicada en la web de la administración que la proporcione.
De una forma equivalente a los perfiles del contratante actuales donde se conocen todas las necesidades de contratación de una administración.
¿Cuesta más públicar en internet que enviar la información a un usuario?No. Es más, sería ideal que cada información que se pida se ‘cuelgue’ en internet.

No repetir esfuerzos.

¿Por que se ha reducido de forma drástica la cantidad de ultramarinos en nuestra sociedad a favor de las grandes superficies? Pues por que muchos productos vienen perfectamente empaquetados y no tiene sentido que haya alguien detrás de un mostrador, con todo su coste implícito para que nos de algo que nosotros sabemos coger perfectamente de la repisa.
Esta ley no implanta el paradigma de que hay que publicar, y ser transparente sino el viejo paradigma de “pregunte vd. que ya veremos si le respondemos“. Ese no puede ser el funcionamiento de una administración del siglo XXI que funcione a la velocidad de la red.
Por poner un ejemplo directo si 2, 3 o 100 ciudadanos piden la misma información, un funcionario tendrá que tramitar 2, 3 o 100 peticiones, registrarlas, crear el mecanismo de seguimiento de las mismas, etc, todo a costa de nuestros impuestos o de ahondar en un déficit ya sangrante.
¿Cuesta más esta medida?, precisamente es una medida de ahorro.
P.e. “Cuando la información esté disponible de forma digital en el portal informativo de la entidad, se responderá al ciudadano con el enlace o enlaces donde dicha información resida. Las informaciones más demandadas o las que se estimen que vayan a serlo serán publicadas en forma digital en el portal de la administración
Cuando la excepción se convierte en regla.
Excluir “al registro civil, al registro de la propiedad, al catastro, al registro mercantil, al registro central de penados y rebeldes, a la estadística pública, al censo electoral y al padrón municipal de habitantes, a los registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia, a la información sanitaria, a los datos con trascendencia tributaria obtenidos por la Administración tributaria y, en general, aquellas materias que tengan previsto un régimen legal específico de acceso a la información.” es anacrónico cuando algunas de estas entidades, como el catastro, ya han liberado su información y la han publicado en la web.
No es que no haya que tener excepciones, pero precisamente son eso excepciones, una minoría de la información, el anterior listado no puede, inicialmente considerarse una minoría o una excepción sino más bien un trozo del pastel bastante interesante.
¿Cuesta más esta medida? es posible. ¿Cuantos casos de corrupción se podrían atajar con un acceso más sencillo/barato al registro de la propiedad?
Que la información se entienda. Págalo tú que a mi me da la risa.
Las referencias que hay al formato son,p.e.
La expedición de certificaciones, de copias y la transposición a formatos diferentes del original podrán someterse al pago de una cantidad que no exceda de sus costes.
Es decir que si la información está en Wordperfect 5.1 (editor de textos de referencia en los años 90), así la tendrá el ciudadano, pese a que para la propia administración también les sería inútil. Nota: wordeperfect sigue existiendo pero no con la cuota de mercado de los años 90.
No hay una mísera referencia a que la información se tenga que proporcionar en un formato determinado y por tanto a que dicho formato sea abierto. Es decir te la podrán dar en wordperfect 5.1 o en la última versión de autocad si así la poseen, o en unos buenos 24.000 folios de papel como los correos de Sarah Palin (que suena lo mismo que pagar a hacienda con céntimos de euro)
Es decir podrías tener que pagar la herramienta para acceder a la información.
P.e. “La información se proporcionará en formatos basados en estándares abiertos según se establece en la ley 11/2007 ANEXO de definiciones apartado k.
Claro que ahora entraremos en por que la administración tiene que usar estos estándares y esa es harina de otro costal.
Obtención de Copias. El coste del papel de calco.

Hay un articulo (El 16) dedicado a las copias, “…cuando debido a la carencia de equipos
apropiados o cuando, por su cantidad o complejidad, conlleve un coste desproporcionado para la Administración
…” (no es broma). ¿O sea que si no tienen fotocopiadora se extingue el derecho (esta escusa ya está inventada)?

¿Que es un coste desproporcionado?¿Quien lo decide?¿El concejal corrupto que no quiere que se le investigue?¿Se va a obligar a los funcionarios a que tomen esa decisión (también está inventado)?
¿No debería aprovecharse esta ley como una oportunidad para digitalizar la administración?
…..

y próximamente hablaremos de proactividad y transparencia....

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